Entre los gastos más importantes de los usuarios, el alquiler sin dudas tiene un peso fundamental. En este sentido, para quienes firmaron un contrato el 1° de enero de 2022 y deben renovarlo el mismo día del 2023, deberán calcular el aumento por la variación del Índice para Contratos de Locación (ICL) que elabora a diario el Banco Central (BCRA) y combina el devenir de los salarios y de los precios
En la primera quincena de enero, el aumento para los inquilinos que afrontan su actualización anual bajo el Índice para Contratos de Locación (ICL) tendrán un incremento de hasta el 83,5%. En otras palabras, una persona que hoy paga $60.000 pasará a abonar $110.000. Ese es el cálculo del economista especializado en vivienda, Federico González Rouco.
Este mes se percibirá el segundo tramo del aumento previsto para la medicina prepaga. Será de 6,9%, de manera de completar el 13,8% que tenía previsto el Gobierno para diciembre.
Además, a partir del 1° de enero, las prepagas deberán ofrecer en forma obligatoria a sus usuarios y usuarias “idénticos planes de cobertura al que posean en la actualidad sin copagos, con la inclusión de copagos sobre las prestaciones de primer y segundo nivel, a un precio de, como mínimo, un 25% menor al plan sin copago-
Desde el 1° de enero, todos los parámetros del Monotributo, o Régimen Simplificado, deben actualizarse. Ese aumento, que se da en los montos máximos de facturación, escalas y cuotas, se rige por la ley de movilidad, la misma que para los jubilados y otras asignaciones que paga la ANSES.
Así, los topes y cuotas deberían subir 72,6% desde la tabla vigente a principios de 2022. Pero a mediados de año se hizo una modificación por ley de “alivio fiscal” a los pequeños contribuyentes, lo que complica más los cálculos, dado que a los contribuyentes de las categorías más bajas se subió el monto máximo de facturación en 60%, mientras para otros fue inferior y la categoría más alta llegó al 29%.
Así, desde enero, de cuota mensual, se deberán abonar los siguientes montos en total:
Categoría A: $5754,89, tanto los que venden bienes y como los que ofrecen servicios.
Categoría B: $6435,03 para todos los pequeños contribuyentes de esta escala.
Categoría C: $7356,04 para servicios y $7232,04 para la venta de productos.
Categoría D: $8674,80 para servicios y $4979,94 los que venden productos.
Categoría E: $11.394,55 (servicios) y $10.246,48 venta de cosas muebles
Categoría F: $13.638,95 para los servicios y para los que venden productos, $11,781,54.
Categoría G: $15,908,13 para servicios y $13.414,49 para los productos.
Categoría H: para servicios (la última escala permitida) $27.813,92. Mientras, los que venden bienes, $23,207,10.
Categoría I: La cuota mensual será de $33.360,21.
Categoría J: Será de $38.313,09 por mes.
Categoría K: La cuota mensual queda en $43.305,56 para 2022.