San Juan 8
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Policiales
Obligaron a una empresa a pagar la cuota alimentaria de un padre deudor
La Justicia cordobesa ordenó a la compañía a pagar la deuda por la manutención de un nene de 3 años. La firma se había negado a retener el dinero que debía pasarle al niño. "Las empresas no pueden desentenderse de su responsabilidad social", dice la sentencia.
La jueza Mónica Parrello, titular del juzgado de Familia 5 de la ciudad de Córdoba, declaró a una empresa de transporte público "solidariamente responsable" del pago de cuatro cuotas alimentarias adeudadas por su padre -empleado de la firma- a un niño de tres años. Además, la sancionó con $6.241 por no haber retenido el porcentaje destinado a la manutención del menor.