Las actuaciones referidas, recordó el Fiscal de Estado sanjuanino, son las que habilitó el Juez Casanello con jurisdicción en Capital Federal, con motivo de una denuncia promovida por una ONG ambientalista y la participación de la llamada "Asamblea Jáchal No se Toca", con motivo del derrame de solución cianurada ocurrido el 13 de septiembre de 2015 en la Mina Veladero de San Juan, cuando ya estaba actuando, desde el primer momento de ocurrido el hecho, el Juez Competente por la materia y por la jurisdicción territorial, doctor Pablo Oritja, Titular del Juzgado Ordinario de la Segunda Circunscripción Judicial de San Juan.
Esa intromisión de Casanello provocó la inmediata reacción del Juez Oritja quien exigió a Casanello se apartara de toda investigación por no tener competencia alguna para actuar en jurisdicción sanjuanina, en la materia en cuestión, lo que no fue cumplido por Casanello, que siguió actuando.Remarcó De sanctis, que ante tal conflicto de competencia, tuvo que resolver la Corte Suprema (ante quien compareció el Fiscal de Estado pidiendo el apartamiento de Casanello por carecer de competencia en el hecho y en San Juan), tribunal que, por sentencia del 5 de mayo pasado, dispuso que la investigación del incidente ambiental y la responsabilidad de los directivos de Barrick como la eventual de quienes tienen a su cargo el contralor de la mina, debía quedar a cargo del Juez Provincial Pablo Oritja, pudiendo Casanello investigar exclusivamente la responsabilidad eventual de funcionarios nacionales con sede en Capital Federal.Concluyó el Fiscal de Estado De Sanctis que con la disposición de enviar las actuaciones tramitadas por el Juez Casanello al Juez de Jáchal, ha quedado definitivamente concluido el conflicto de competencias promovido por la irregular e ilegitima intromisión en jurisdicción de San Juan del Juez Casanello. Dichas actuaciones deben llegar en próximos días a manos del Juez Oritja.