Tras numeroros reclamos de taxistas y remiseros, hoy los diputados trataron sobre tablas y aprobaron los cambios a la lay que regula la actividad del sector.
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Ya durante las primeras horas de este jueves, el vicegobernador Sergio Uñac había adelantado en Levantate que la aprobación de esta norma era algo "urgente" y que por eso, a pesar de que habían recibido el proyecto hace dos días, la norma debía ser debatida sobre tablas.
Sobre tablas, el cuerpo parlamentario consideró y aprobó el Mensaje Nº 0082 y Proyecto de Ley que tuvo como objeto sustituir 12 artículos de la Ley Nº 7.536, modificada por Ley Nº 7.603
Las modificaciones significativas tienen lugar en los artículos 32º, 42º 49º y 57º, que señala: Titulares de licencias. Límites: las personas físicas o jurídicas podrán ser titulares de hasta un máximo de licencias que no superen el 7% del parque total de licencias habilitadas (antes se podían tener hasta 15 licencias).
La vigencia será de tres (3) años a contar de la fecha de la resolución que la otorgue, pudiendo otorgarse su renovación en forma indefinida, mientras su titular cumpla con los requerimientos de la presente ley y su reglamentación.
Por último, se modificó el artículo 38º en su inciso 12º) y el 45º en su inciso 12º) de la Ley Nº 7.536, modificada por Ley 7.603. En este nuevo articulado se permitirá que el dueño de la licencia trabaja aún sin ser el propietario del auto.
El cambio quedó redactado así:
“Tener inscripto a su nombre, en forma exclusiva, la totalidad del parque móvil afectado al servicio, salvo que el titular de la licencia preste el servicio con vehículos de terceros, debiendo establecerse por vía reglamentaria los requisitos, derechos, obligaciones y procedimiento para tal prestación, existiendo siempre la relación laboral entre las partes controlada por los organismos pertinentes”.