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Quienes no reciban las boletas en papel deben hacer la denuncia en Defensa del Consumidor

El titular del área, Elías Álvarez, explicó que el decreto que se sancionó en enero y que permitía a las empresas no enviar los resúmenes de manera impresa fue derogado hace 20 días. Desde ahora, las mismas deben llegar a los hogares por medio del tradicional papel salvo que el consumidor haya expresado su voluntad de recibirlo de manera digital.

/// Por Gabriela Varas

En enero el presidente Mauricio Macri, a través del decreto "Mega DNU 27/2018", modificó el artículo 4 de la Ley de Defensa del Consumidor que desobligaba a las empresas de enviarle a sus clientes los resúmenes mensuales en soporte papel. Finalmente, en los primeros días de julio, en el Boletín Oficial se informó que se derogó esa medida y ahora nuevamente deberán emitir las boletas de manera impresa. Desde Defensa del Consumidor, Elías Álvarez, explicó que aquellas personas que no manifestaron su voluntad de pasar a la plataforma digital deben hacer la denuncia correspondiente.

"Las empresas están obligadas a enviar a sus clientes los resúmenes mensuales en forma impresa y por tal motivo estamos en condiciones de recibir las denuncias si no llegan debidamente a los domicilios", manifestó Álvarez.

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Esta vuelta atrás en la exigencia para la modalidad de envío de facturas se indica en la ley 27.444 que precisa que "el proveedor está obligado a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee, y las condiciones de su comercialización". Asimismo, se aclara que la información debe ser siempre gratuita para el consumidor y proporcionada en soporte físico, con claridad necesaria que permita su comprensión. Solo se podrá suplantar la comunicación en soporte físico si el consumidor o usuario optase de forma expresa por utilizar cualquier otro medio alternativo de comunicación". En este sentido, con esta marcha atrás se favorece, por ejemplo, a muchos adultos mayores que aún no están familiarizados con el uso de las nuevas tecnologías.

Otro punto importante que puede ser denunciado es el de las boletas que llegan posterior a la fecha del vencimiento por lo tanto se paga interés por morosidad. "Esto es responsabilidad de las empresas que deben resolver con los distribuidores y no tiene que pagar el consumidor", manifestó desde Defensa del Consumidor, Elías Álvarez.