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Afirman que la "objeción de conciencia" no alcanza a las enfermeras

El Ministerio Público Fiscal expresó que la ley no ampara el accionar de las dos enfermeras que se negaron a realizar un aborto en una clínica céntrica.

"La Ley IVE es muy clara al respecto. La objeción de conciencia alcanza únicamente al médico responsable directo de la práctica. Esto no incluye ni a un anestesista o un enfermo", afirmó Lozano.

En este sentido, agregó que en caso de que un médico tome esta decisión "debe comunicarlo de inmediato al centro de salud y debe buscarse una derivación de ser necesario".

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Así mismo, el letrado comentó que en caso de estar en riesgo la vida de una mujer que decida practicarse un aborto "ni siquiera la objeción de conciencia puede impedir" la realización del mismo.