Frente a esta realidad, cerca de las 11.30 de este miércoles, luego de publicado el decreto, los integrantes del Sindicato se reunieron en asamblea para debatir cómo enfrentar la situación.
La primera medida fue que los afiliados se encuentran en estado de asamblea permanente en su lugar de trabajo. La asamblea del viernes es a las 8 en el hall central del noveno distrito sito en Rawson y Maipú.
"Esta situación afectará aún más lo que está sufriendo la provincia con el presupuesto 2018, con esto se da la vuelta a la Patria contratista en la obra pública", expresó el gremialista.
Además, Ordóñez dijo que este lunes 9 de octubre se reunirán los secretarios generales en plenario en la Ciudad de Buenos Aires, donde debatirán las medidas a tomar frente a esta decisión del Ejecutivo. Por otro lado, comentó que el ministro de Transporte de Nación, Guillermo Dietrich, deberá exponer sus argumentos sobre la determinación en la Comisión pertinente de la Cámara de Diputados.
Esto es lo que decretó el Gobierno Nacional
El Gobierno constituyó la sociedad "Corredores Viales S.A.", con la totalidad accionaria a cargo del Ministerio de Transporte y de la Dirección Nacional de Vialidad (DNV), que se utilizará para construcción, reparación, conservación, ampliación, mantenimiento, financiación y administración en rutas, autopistas y accesos viales de jurisdicción nacional de toda concesión con cobro de peaje.
Por decreto 794/2017 publicado este miércoles en el Boletín Oficial, se constituyó Corredores Viales S.A., que estará integrada por el Ministerio de Transporte en un 51% del capital social de titularidad del Estado Nacional y por la Dirección Nacional de Vialidad, que tendrá el restante 49%.
La medida también contempla la realización de actividades dirigidas a la explotación de áreas de servicio, explotaciones complementarias y accesorias y toda otra actividad vinculada con su objeto social. A partir del decreto se aprobó el Estatuto Societario de la entidad, quedando facultada la Asamblea de Socios para aprobar modificaciones posteriores, informó Télam.
Además se estableció que no resultan aplicables a la sociedad las disposiciones de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y sus modificatorias, del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, establecido por el Decreto N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios.