"
San Juan 8 > Policiales

Le hacían bullying en la escuela porque se orinaba y las docentes descubrieron que era abusada por el amigo de su papá

La pequeña de 10 años fue sometida sexualmente, según los informes psicológicos, durante algunos meses hasta que se animó a contarle a su maestra. El acusado tiene conductas sexuales perversas según la pericia.

Iba orinada a la escuela y eso generó que sus compañeros se burlaran de ella. Estuvo así durante mucho tiempo hasta que un día no quiso irse del colegio y les contó a sus maestras que era abusada por el amigo de su papá. Este aberrante caso sucedió hace un año y medio y hoy el acusado se enfrenta al juicio. El conmocionate caso ocurrió en Chimbas.

La niña de 10 años les contó a sus maestras que no quería ir con el amigo de su papá, de apellido Videla (35), porque le hacía cosas feas. Esto generó que las maestras pudieran asociar la falta de conexión en el aula y la falta de control de esfínteres con lo que acababa de relatar la niña. Es así que obligaron a los a los padres a realizar la denuncia.

Te puede interesar...

Según informaron fuentes judiciales Videla era amigo del padre de la niña desde chicos. "Se juntaban a tomar y siempre buscaba a la nena de escuela", dijeron. Aparentemente el acusado violaba a la niña en el camino del establecimiento hasta su casa; lo aberrante e indignante es que le daba dinero al padre de la víctima para que se comprara vino a cambio de que pudiera seguir buscando a la niña.

Según la Cámara Gesell el relato de la pequeña fue coherente y acorde a una víctima de abuso sexual: presentó rechazo y un absoluto miedo a la figura de su abusador. Por otra parte la pericia psicológica de Videla fue contundente; presentaba una conducta sexual perversa (mantenía relaciones con hombres y mujeres) y a la vez era adicto a diferentes estupefacientes.

Videla se encuentra en el proceso del juicio propiamente dicho y después de las contradicciones de los padres, el testimonio de las maestras se esperan los alegatos y luego la sentencia de la Sala II de la Cámara Penal.

La posible condena

El artículo 119 del Código Penal establece que "será reprimido con reclusión o prisión de seis meses a cuatro años el que abusare sexualmente de una persona cuando ésta fuera menor de 13 años o cuando mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción".


Además, indica que "la pena será de cuatro a diez años de reclusión o prisión cuando el abuso por su duración o circunstancias de su realización, hubiere configurado un sometimiento sexual gravemente ultrajante para la víctima".