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Procesaron y embargaron al empresario Nicolás Paladini, el marido de Rocío Guirao Díaz

La Justicia Federal de Rosario dictó esta resolución a raíz de una denuncia que radicó la Administración Federal de Ingresos Públicos.

El empresario Nicolás Paladini, esposo de la modelo y actriz Rocío Guirao Díaz, quedó hoy procesado por una maniobra en la que se lo acusa de haber presentado facturas truchas por casi dos millones de pesos para pagar menos impuestos.




La justicia federal de Rosario dictó esta resolución a raíz de una denuncia que radicó la Administración Federal de Ingresos Públicos. Además del procesamiento, Paladini fue embargado por un millón de pesos y se inhibieron sus bienes. El delito de aprovechamiento indebido de tributos tiene una pena de prisión de dos a seis años.

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Paladini se hizo conocido por ser la pareja de la modelo de Guirao Díaz y padre de sus hijos. Juntos estuvieron en la pista de Marcelo Tinelli.



Su nombre también había salido en las páginas policiales: en septiembre de 2014, murió su padre, el empresario Juan Alberto Paladini, cuando el auto que manejaba en una autopista de la ciudad de Rosario dio varios vuelcos. Nicolás Paladini aseguró que el caso no fue un accidente de tránsito sino que se trató de un hecho de inseguridad: "Lo de mi viejo fue un homicidio".









Ahora Paladini, presidente de Biocom SA, quedó procesado por el presunto de delito de aprovechamiento indebido de tributos. La causa se inició a raíz de una denuncia de la AFIP contra la empresa BioCom. S.A por haber percibido indebidamente $ 1.800.000 en concepto de reintegros de exportación, por medio de la presentación de facturas apócrifas de supuestas operaciones con proveedores también apócrifos.



Según la denuncia, la empresa operaba a través de un conjunto de sociedades y personas físicas que actuaban en el mercado de granos como productores y vendedores de cereal, para que la firma imputada computara crédito fiscal a su favor en las declaraciones juradas.



A raíz de la investigación llevada a cabo por la AFIP en los últimos años, se concluyó que estas firmas no contaban ni con capacidad operativa para realizar esas operaciones, ni con personal registrado en relación de dependencia, ni tampoco con bienes de uso a su nombre, indicaron fuentes del caso.



El Juzgado Federal N° 3 de Rosario, a cargo del juez Carlos Vera Barros, había dictado la falta de mérito pero la Cámara Federal de Apelaciones revocó esa decisión y apuntó al procesamiento. Ahora el juez dispuso lo indicado por sus superiores, señalaron las fuentes.