El fallo es para el caso concreto en una demanda iniciada por un jubilado con una enfermedad grave -padece cáncer de piel- contra la empresa Swiss Medical.
El afiliado sostuvo que se encuentra con la cuota próxima a vencer, y que “a base de sacrificio podrá pagar un mes más, y que de continuar tolerando los aumentos no podrá afrontar sus deudas”.
Tiene 80 años y percibe un haber jubilatorio que rondó en el mes de febrero en la suma de $517.000.
La cuota de su plan de medicina prepaga ascendía a la suma de $ 270.248,63 en diciembre de 2023, al importe de $ 371.926,29 en enero de 2024 y a $ 477.617,60 en febrero de igual año.
Para el juez “se encuentra comprometido el derecho constitucional a la salud” y existe peligro en la demora, por lo que accedió a dictar una medida cautelar hasta tanto exista una sentencia definitiva.
Las constancias documentales de la causa “acreditan que el actor percibió un haber jubilatorio de $ 517.000 -aprox.- en el mes de febrero del año en curso, en tanto la cuota de su plan de salud arribó en ese mismo mes a la suma de $ 477.617,60”
El magistrado dispuso que “se dejen sin efecto los aumentos de la cuota del plan de medicina prepaga del actor posteriores a la vigencia del DNU 70/23 y, hasta tanto se resuelva la petición de fondo, que la cuota mensual sea ajustada -como máximo- en igual proporción que el aumento de su haber jubilatorio”.
FUENTE: Ámbito