"
San Juan 8 > País > jubilación

La jubilación de abril se cobrará en dos tramos

Habrá una primera liquidación correspondiente al haber de marzo 2024 y una segunda liquidación, dentro del mismo mes de abril, correspondiente al aumento por movilidad previsional y al refuerzo previsional de 70 mil pesos.

El Gobierno oficializó la modificación de la fórmula de movilidad jubilatoria a través de un DNU publicado este lunes en el Boletín Oficial. La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) actualizará los montos cada mes en base a la inflación.

El Decreto de Necesidad y Urgencia 274/2024 reafirma lo que había adelantado el Gobierno hace unos días: "Los haberes se actualizarán mensualmente de acuerdo con las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor Nacional (IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)".

"En la transición de una fórmula a la otra, en abril los jubilados y pensionados recibirán un incremento extraordinario de 12,5 por ciento para compensar parcialmente las pérdidas ocasionadas por el proceso inflacionario del último año", explicaron y aclararon que la medida se implementará a partir de julio.

Te puede interesar...

El Gobierno oficializó la nueva fórmula de movilidad jubilatoria

"Esta reciente modificación de la movilidad y sus consecuentes adelantos, generará un desdoblamiento del pago prestacional, a fin de no demorar el acceso de los beneficiarios a sus haberes", indicaron desde el Gobierno.

Y añadieron: "En consecuencia, habrá una primera liquidación correspondiente al haber de marzo 2024 y una segunda liquidación, dentro del mismo mes de abril, correspondiente al aumento por movilidad previsional y al refuerzo previsional de 70 mil pesos".

En esa misma línea, afirmaron que "en mayo se aplicará un adelanto de la movilidad correspondiente a junio, conforme la nueva fórmula (con IPC de marzo); y, en junio, un incremento calculado según la nueva fórmula (IPC de abril)".

Finalmente, completaron: "En ningún caso, la aplicación del índice podrá disminuir el haber que perciben los jubilados y pensionados. Si en junio el aumento arrojado por la Ley de Movilidad anterior (Ley 27.609) fuera superior a lo acumulado en estos tres meses de empalme, ANSES abonará la diferencia correspondiente"

FUENTE: A24