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Ley de Glaciares: De Sanctis informará a la Corte de Justicia sobre la auditoria que hará la ONU

El fiscal de Estado presentará ante la Justicia el convenio que establece que la entidad internacional controlará el trabajo de las grandes mineras metalíferas de la provincia y determinará si producen o no daño ambiental. El convenio con la ONU Inventario

En medio del litigio que sigue la provincia ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para pedir por la no aplicación de la ley de glaciares, el fiscal de Estado de la provincia notificará a la Corte que la provincia ha firmado un convenio con la Organización de las Naciones Unidas para que este organismo internacional audite el funcionamiento de las minas y determine si hay o no contaminación.

El fiscal Guillermo De Sanctis pretende con esta presentación comprobar que no sólo la provincia se encargará de controlar que las mineras no produzcan daño ambiental, sino que un organismo internacional de gran trayectoria y total imparcialidad en el tema, también revisará cómo trabajan las mineras y determinará si se puede o no estar dañando al medioambiente y sobre los glaciares que son considerados como importantes reservas de agua dulce. 

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El gobierno y la ONU firmaron el convenio que fija los nuevos controles ambientales el 12 de septiembre pasado. Allí se estableció que el organismo auditará el funcionamiento de las minas Casposo, Gualcamayo, Veladero y Lama-Pascua.

Además de la auditoría externa el gobierno de la provincia mantiene sus propios controles ambientales y ya comenzó el trabajo para la elaboración de un detallado inventario de glaciares. De acuerdo a este inventario, los especialistas ya determinaron que no hay yacimientos mineros asentados en zonas de glaciares.

La ley de glaciares que aún está siendo cuestionada ante la Justicia establece la prohibición total de cualquier actividad humana en zona de glaciares y periglaciares, esto incluye a las actividades de construcción de minas y la extractiva propiamente dicha.

Desde un principio la provincia se negó a ala aplicación de esta norma ya que desde el aspecto jurídico se considero que viola las autonomías provinciales. Además desde lo puramente técnico siempre se criticó que el texto en cuestión no define de forma acabada qué se considera como territorio de glaciar y qué se debe considerar como periglaciar.