La denuncia fue formulada en la División de Leyes especiales de la Policía de San Juan, por violar el artículo 156 de la ley 7819 del Código de Faltas. Esta norma establece penas de multas dinerarias, trabajos comunitarios o hasta 30 días de cárcel para “el que induce a engaño explotando la credulidad pública, invocando la representación de instituciones públicas, de bien público o privada, sin tenerla”.
El caso tomó trascendencia después de que el mismo Fernández y su madre relataron que sufre episodios en los que llora lágrimas de sangre.
La historia llegó rápidamente a todos los medios provinciales e incluso nacionales. En medio de las repercusiones el obispo Alfonso Delgado se mostró prudente y dijo que sólo Dios y el tiempo dirán si es verdad” la historia que cuenta este hombre que ahora deberá enfrentar a las autoridades.