El presidente García explicó que “la Resolución Nº 524 establece los plazos para el ingreso de divisas con relación a las partidas arancelarias de exportación de espumantes elaborados con el método Charmat, solucionando así un inconveniente que se originó en un conflicto de regularización de partidas arancelarias que planteó Brasil con respecto a los métodos de elaboración de espumantes, en particular los elaborados con el método tradicional o Champenoise (fermentados en botellas) y los elaborados por el método Charmat (fermentados en tanque). A partir de esta decisión que adoptó Brasil, el INV y la Dirección General de Aduanas establecieron nuevos códigos para la identificación de cada uno de los productos de manera de discriminar aquellos de mayor valor que corresponden a la categoría Champenoise de los de menor valor los Charmat” El titular el Organismo Nacional comentó que “esta situación derivó en que algunos establecimientos tuvieran que cambiar su forma de ingreso de divisas pasando de 120 ó 180 días a 90. Desde el INV tomamos conocimiento de esta complicación e inmediatamente comenzamos a realizar las tramitaciones ante las autoridades del Ministerio de Economía y Finanzas de la Nación que rápidamente dictaron esta Resolución, que además es compresiva de todas las bodegas que ya tenían la autorización de ingreso de divisas en 180 días promedio, por lo cual se ha salvado la situación para aquellas bodegas que presentaron la documentación sino también para los 21 establecimientos que habían quedado pendientes dentro de esta excepción del plazo” Consultado sobre la importancia de la medida García destacó que “todas estas bodegas van a poder realizar el abastecimiento de espumantes a los mercados internacionales antes de las fiestas de fin de año y queremos que sepan que van a poder operar como normalmente lo venían haciendo” El Presidente del INV enfatizó que “esta acción conjunta del sector privado y los organismo de Gobierno permitió salvar un inconveniente causado por una norma de inspección dictada por el Gobierno de Brasil y, por otro lado, lograr que las bodegas puedan ingresar las divisas en el plazo que se establece a través de esta Resolución que en términos generales está entre 120 y 180 días” La Resolución del Ministerio fue publicada en el Boletín Oficial Nº 32.722 del viernes 13 de septiembre de 2013.
Fuente: Instituto Nacional de Vitivinicultura