Leé: Por unanimidad, la Corte Suprema avaló la ley que protege a los glaciares
Los artículos más discutidos eran el 2 y 6 de la norma. El primero de ellos se refiere a la superficie de protección de los cuerpos de hielo y de roca, es decir, dónde empieza y dónde termina la superficie glaciar. El sexto, a las actividades prohibidas en esa superficie. El acuerdo de los ministros de la Corte no hace referencia en particular a este detalle.
"Revisando el fallo, tras una leída rápida, vemos que la Corte no advierte en los planteos el daño o alguna cuestión contenciosa que de alguna manera los obligue a expedirse sobra la constitucionalidad o la inconstitucionalidad. Lo que está diciendo es que, en caso de existir cuestiones de daño, la Corte si se podrá expedir", explicó el funcionario sanjuanino.
Lorenzetti, Maqueda y Rosatti hicieron mención al derecho al agua y, en ese sentido, destacaron la importancia de la norma en cuanto a que protege a "los glaciares y al ambiente periglaciar, como reserva estratégica de recursos hídricos para el consumo humano, para la agricultura y como proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas".
Al respecto, Hensel remarcó que lo significativo está relacionado con ello, "Lo importante acá es lo que está en el punto 1 de la Ley y es si el glaciar es fuente de recursos hídricos o no, para preservar los glaciares como fuente estratégica de recursos, algo que compartimos todos".