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Tras el anuncio del Impuesto a las Ganancias: Te explicamos cómo se liquidará el medio aguinaldo

La exención del impuesto para los asalariados que registren bienes personales por un valor fiscal menor de $800.000 se prevé que se reglamentará a partir de julio

Los asalariados de medianos a altos ingresos se desayunaron con la buena noticia de que el cobro del medio aguinaldo por la mejor remuneración que recibieron en el primer semestre de 2016 no será deducido por la tasa proporcional del Impuesto a las Ganancias.

Sin embargo, cuando reciban la liquidación del sueldo de junio con el agregado de la proporción para el semestre del salario anual complementario, verán que si su ingreso supera el mínimo no imponible de $18.880 de bolsillo ($22.651 bruto), para un soltero, y $25.900 para el casado o con grupo familiar a cargo ($30.000 bruto), el empleador le hará la retención que establece el régimen vigente.

Mientras que deberá esperar que la AFIP analice los casos de los asalariados que no tributaron el Impuesto a los Bienes Personales y los que habiendo presentado sus declaraciones juradas entre abril y junio de 2016, con la base imponible aún vigente de $305.000, para exceptuarlos con el recálculo del mínimo gravable a partir de la nueva base de 800.000 pesos.

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Así lo especificó Luciano Laspina, presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados de la Nación, en declaraciones a Radio Mitre: "Para los casos que tributaron Bienes Personales en 2015, con una base de $305.000, se prevé que la reglamentación de la Ley de Sinceramiento Fiscal aclarará que se tomará como base la nueva base de $800.000, que el proyecto de ley propuso elevar para el corriente año".[Luciano Laspina, explicó el método de liquidación del medio aguinaldo (NA)]

Luciano Laspina, explicó el método de liquidación del medio aguinaldo (NA)Y, agregó el legislador del PRO, "dado que la nueva ley se prevé que se aprobará después del pago del medio aguinaldo, el empleador deberá hacer la retención de Ganancias si correspondiere, pero posteriormente la AFIP dispondrá la devolución en cuenta de cada asalariado beneficiado por el acuerdo legislativo, en los próximos meses, luego de analizar las últimas declaraciones juradas de Bienes Personales".

Luciano Laspina resaltó que "la exención de Ganancias del medio aguinaldo que acordaron los legisladores de la Cámara baja constituye parte del premio a los contribuyentes que cumplieron con el pago de sus impuesto en tiempo y forma, por eso se incluyó en el Proyecto de Ley de Sinceramiento Fiscal, la suba del mínimo no imponible de $305.000 a $800.000, y la exención del pago del Impuesto a los Bienes Personales, para los próximos dos años, y ahora se agregó la exención del Impuesto a las Ganancias en el medio aguinaldo que se liquida con los haberes de junio".

Por Daniel Sticco / Infobae