El decreto, publicado en el Boletín Oficial, establece la constitución de la sociedad "Corredores Viales SA", que estará integrada por el Ministerio de Transporte, con un 51% del capital accionario, y por la Dirección Nacional de Vialidad, con el 49% restante. Su objetivo estará relacionada con obras en rutas, autopistas y accesos viales nacionales.
En la norma se determina también que a la nueva SA no le resultan aplicables las disposiciones de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional (decreto 1023), de la Ley de Obras Públicas N° 13.064, "ni las normas o principios de derecho administrativo".
Esto implica que la Vialidad Nacional "paralela" será utilizada para agilizar las licitaciones y saltearse la burocracia del Estado, que suele ser una excusa para la demora de las obras.
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