En agosto del año pasado, la Secretaría de Comunicaciones determinó cuáles serían los pasos a seguir para ejercer el cambio de operador, sin perder el número. A través de la resolución 98/2010, dispuso la creación de un comité integrado por representantes de las prestadoras, que no habrá un límite de cambios anuales, que cada persona “podrá elegir por calidad y precio más conveniente”, y que no se suspenderá el servicio si se empezó a cursar un reclamo de portabilidad numérica.
En su artículo 34, detalló que se cobrará al cliente hasta un máximo de 100 PUT (pulsos telefónicos) por cada portación. Según explicó por ese entonces Salas, la modificación requería una adaptación tecnológica de cerca de un año y un costo de 40 millones de dólares, que absorberán las empresas licenciatarias.
En Brasil y México ya rige la posibilidad de cambiar de operador y mantener el número, y hace poco menos de un mes se sumó Chile. Tras promulgarse la ley de portabilidad numérica en ese país, el presidente Sebastián Piñeira destacó los beneficios de la iniciativa, que a diferencia de Argentina, regirá tanto para teléfonos fijos como móviles.
Fuente: Canal AR