Según dispuso el magistrado, pasarán a declarar -a razón de diez por día-los integrantes de las siguientes empresas: Línea 17, Línea 22 , Empresa de Transporte Pedro de Mendoza, Transportes Santa Fe, Azul de Transporte Automotor, Transportes Colegiales, Línea de Microómnibus 47, Microómnibus Ciudad de Buenos Aires, Transporte Automotor Plaza , Vuelta de Rocha, Transportes del Tejar, San Vicente de Transportes, DUVI SA, Empresa de Transportes Microómnibus Sáenz Peña, Empresa Antártida Argentina, Transportes Automotores Riachuelo, Línea 102-Sargento Cabral, Empresa de transporte 104, Empresa de Transporte América, Transportes Nueve de Julio, General Pueyrredón, Expreso Lomas, Microómnibus Barrancas de Belgrano, Mayo, NUDO SA, Micro Ómnibus Sur, Consultores Asociados Ecotrans, y Transporte interprovincial Rosarina.
En el expediente judicial se analiza el período comprendido entre 2005 y 2012. En esos años, ante la emergencia económica y para evitar subir las tarifas a los usuarios, el Estado subsidió el gasoil utilizado por los colectivos. La secretaría de Transporte pagaba los subsidios contra entrega de la declaración jurada de las empresas que señalaban cuántos kilómetros recorría cada unidad y cuántos pasajeros llevaba cada colectivo. Eso bastaba para que cobraran, previo control de la CNRT. (Infobae).