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Multarán a quienes cometan acoso sexual callejero en la Ciudad de Buenos Aires

Todo aquello que afecte la dignidad y el derecho a la integridad física o moral de las personas será penado con multas de hasta 1000 pesos. La Legislatura Porteña aprobó la ley que tiene como objetivo sancionar el hostigamiento.

La legislatura porteña aprobó la ley Integral de Prevención y sanción del Acoso sexual, "para prevenir y sancionar el acoso verbal o físico, producido en espacios públicos que afecten la dignidad, la libertad, el libre tránsito y el derecho a la integridad física o moral de las mujeres". Las personas será penadas con multas de hasta 1000 pesos.

La iniciativa, del legislador Pablo Ferreyra y acompañada por el diputado Gabriel Fuks, tiene por objetivo "prevenir y sancionar el acoso sexual, producido en espacios públicos o de acceso público, en los que se hostigue, maltrate o intimide y que afecten en general la dignidad, la libertad, el libre tránsito y el derecho a la integridad física o moral de personas basados en su condición de género, identidad y orientación sexual".

Y establece penas de hasta diez días de trabajo de utilidad pública y multas de hasta 1000 pesos a quien cometa la contravención.

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Al respecto, Ferreyra explicó que "el acoso callejero es profundamente violento porque es una práctica no deseada, que genera un impacto psicológico negativo y hoy no existe ninguna figura legal que ayude a denunciar a quienes practican esta conducta negativa, ni que proteja a las víctimas".

"Todas las personas tienen derecho a transitar libremente y con la confianza de no ser violentados, independiente del contexto, la edad, la hora del día o el vestuario que ocupa la persona agredida, los derechos humanos no dependen ni se suspenden por detalles del entorno", agregó el legislador.

El texto precisa que el acoso sexual verbal o físico "es toda conducta unidireccional, física o verbal, producida por una o más personas en contra de personas, basado en su condición de género, identidad y orientación sexual que no desean o rechazan estas conductas por considerar que afecta sus derechos a la dignidad y a la integridad".

Asimismo indica que este tipo de acoso callejero puede manifestarse a través de conductas como "comentarios sexuales, directos o indirectos al cuerpo; fotografías y grabaciones no consentidas a partes íntimas; contacto físico indebido o no consentido; persecución y arrinconamiento; y masturbación y exhibicionismo.Fuente: Minuto Uno.