Esto quiere decir que Marina, en caso de visualizar sus fotos en algún sitio, debe informar a los buscadores de ello y ahí sí deben bajarlas de la web: "Esto no quiere decir que las fotos estén permitidas publicarlas, el fallo es clarísimo en eso. La privacidad está protegida, simplememente lo que hace es establecer un critero porque lo que dicen los buscadores es que si ellos se hacen responsables directamente tienen que suprimir mi nombre de todas las búsquedas, con lo cual hay un montón de información que se perdería y no tiene que ver con este tema", explicó."Lo que hace el fallo es ajusarlo al criterio de la Corte Suprema. En mi caso vale lo mismo que cualquier otro caso de una persona afectada por la filtración de un material privado. Las fotos no se pueden publicar y en el caso de que aparecieran basta que yo se lo informe al buscador para que ellos estén obligados a bajarlas inmediatamente bajo pena de una multa", añadió."La Cámara adecuó la medida cautelar amplia al critero de la Corte Suprema. Las fotos no se pueden publicar, eso no está sujeto a debate: es así y punto. Simplemente yo le tengo que informar a los buscadores. La responsabilidad de los sitios es no publicar esas fotos que son de la esfera privada", cerró Marina.