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En esta nota encontrarás las claves para entender el reajuste de los haberes de jubilados

En la provincia hay más de cien mil jubilados, pero no todos están en condiciones de acceder a esta compensación.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) contará a partir de este martes en su página web con un aplicativo para que los jubilados puedan consultar si les corresponde o no el reajuste de haberes surgido a partir de la iniciativa destinada a poner fin a los juicios por mala liquidación de salarios, que beneficiará a alrededor de 2,4 millones de personas del sector pasivo. 

A continuación las claves que explican la recomposición:

- La ley 27260 es la que enmarca este régimen.

- En Argentina hay 6 millones de jubilados, en la provincia: 111.844.

- De todos ellos,  solo un porcentaje podrán ser beneficiados con este régimen,  en la Nación serían 2.400.000 jubilados aproximadamente de los cuales 300.000 jubilados tienen juicios sin sentencia, a ellos les corresponderá una indemnización de hasta 48 meses de su haber más una actualización del 40%.

- Unos 60.000 jubilados cuentan con sentencia firme. Estos recibirán una indemnización superior a los cuatro años y la actualización al 40% de su haber 200.000 jubilados no iniciaron juicio, es decir que jamás reclamaron. A ellos también les corresponderá una actualización del 35% pero a este grupo no le realizarán aportes en concepto de indemnización ya que no iniciaron el reclamo.

- ¿Cómo saber si al jubilado le alcanza este régimen?

Deben ingresar a la página de anses: www.anses.gob.ar y buscar el ítem reparación histórica. Una vez allí, crear la clave de seguridad social con el DNI. Con esa clave desde el 1 de septiembre deben ingresar a la página con su clave de seguridad social y consultarlo. 

- ¿Qué hacer si le corresponde la reparación histórica?

Anses destinará horarios especiales para la realización del trámite. El jubilado deberá concurrir a Anses con su abogado, completar un formulario, que es un convenio de adhesión y que luego será homologado en la Justicia (trámite que sólo realizará el abogado) ya queda firme el trámite.

- Un dato importante es que la ley prevé el pago al abogado, sus costas, las pagará el Estado Nacional.

- Los haberes (indemnización y actualización del jubilado), serán depositados a los beneficiarios directamente.