"
San Juan 8 > San Juan

Código Civil: El padre de familia ensamblada tendrá obligaciones alimentarias con los hijos de su pareja

Así lo establece la normativa que entró en vigencia hace una semana. Según lo expresó Roberto Pagés, ahora las parejas que formen nuevas familias obtendrán derechos y obligaciones sobre los menores. 

El ex juez civil, Roberto Pagés, habló en el programa Es lo que hay sobre las modificaciones del Código Civil que comenzaron a regir desde hace una semana. Entre varios temas importantes, habló de las obligaciones sobre los menores en cuanto a las familias ensambladas.

“Es interesante el cambio de las parejas ensambladas. El padre, que viene con sus hijos, se une a una mujer, que tiene sus hijos. No es el padre biológico pero sí el padre diario. El nuevo código civil le reconoce derechos a esta pareja ensamblada. Si el padre biológico está ausente, el otro tendrá derecho y obligaciones”, explicó.

Asimismo, dejó en claro un nuevo punto muy interesante: “Disuelta esa pareja, el padre podrá tener obligación alimentaria con los hijos de su ex”. Ese punto es crucial en la nueva formación del código que beneficiará a los menores.  (Fuente: Radio Light).

Te puede interesar...